Alguna que otra vez los vecinos ruidosos no nos han dejado dormir, pero cuando esos ruidos son parte del día a día, empezamos a pensar qué podemos hacer.
Como vecino, debemos respetar las normas de la comunidad de propietarios que se encuentran dentro de unos estatutos de la comunidad, además de las leyes de Propiedad Horizontal.
Conoce en este artículo las obligaciones y derechos que posees como miembro de la comunidad.
Vecinos ruidosos y molestos, ¿cómo actuar?
Todo el mundo hace ruidos alguna que otra vez, o bien por necesidad de obras, o sin querer, etc. El problema aparece cuando esos ruidos se presentan como algo recurrente, o especialmente en horas de descanso.
- El primer paso para resolver el problema será hablar directamente con el vecino de una manera amable y amistosa.
- Si al comunicarle nuestro problema, no termina con las actividades molestas, hablaremos con el presidente de la comunidad de vecinos.
¿Y si no se le encuentra solución a los vecinos ruidosos?
Si al hablarlo con los vecinos ruidosos de forma personal, y a través del presidente de la comunidad, no se ha encontrado ninguna solución, podremos instalar un aislamiento acústico en nuestro hogar.
Otra opción será llamar a la policía local.
Llamar a la policía
Si tras haberlo hablado directamente con el vecino y con el presidente, y la situación de ruidos no cesa, podremos llamar a la policía local al 112 informando de la situación.
Diferenciarán dos situaciones:
- Si el vecino ruidoso es propietario. Se aplicarán las medidas inscritas dentro de la Ley de Propiedad Horizontal, la cual indica que no se podrán realizar actividades molestas para el resto de propietarios.
- Si el vecino es arrendatario. En este caso se aplicará la Ley de Arrendatarios Urbanos, donde el propietario podrá cesar el contrato en caso de problemas con los vecinos.
Nivel de decibelios permitidos
Los agentes de policía llamarán la atención de estos vecinos, y comprobarán el nivel de decibelios de los ruidos y determinarán si se trata de contaminación acústica.
Durante el horario de día, el número máximo de decibelios permitidos es de 35, sin embargo en el horario nocturno se reduce a 30.
Horario de descanso
Según el municipio, los ayuntamientos establecerán un horario u otro. Por norma general, el horario vigente de descanso será:
- Entre semana: desde las 22.00h hasta las 8.00h del día siguiente.
- En fin de semana: desde las 23.00h hasta las 8.00/9.00h del día siguiente.
Puedes comprobar en este enlace las ordenanzas de ruido del ayuntamiento de Sevilla.
Toma grabaciones para demostrar los ruidos de los vecinos ruidosos
Cuando los ruidos son muy molestos, ya sea música alta, gritos, o cualquier ruido que supere el nivel de ruido permitido,y no se hayan tomado medidas por ninguna vía, podremos realizar grabaciones para demostrarlo.
En el caso de tener que acudir al médico para poner fin a problemas de ansiedad, sueño, falta de concentración o cualquier problema causado por los ruidos de tu vecino, estos vídeos justificarán tus síntomas.
En situaciones extremas, podremos, con permiso de la comunidad de vecinos, tomar acciones legales.
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