Vivir en una comunidad de propietarios genera muchas preguntas, por ello, en el blog de nuestra administración de fincas en Sevilla te resolvemos cualquier duda que te pueda surgir. En este caso queremos tratar la obligatoriedad del seguro en una comunidad de vecinos.
¿Es obligatorio el seguro en una comunidad de vecinos? ¿Puede estar sin seguro? Se trata de una duda muy frecuente entre propietarios. Depende de la comunidad autónoma en la que se encuentre el edificio, ya que el Estado no lo demanda.
La Ley de Propiedad Horizontal expone que el seguro no es obligatorio en la comunidad de vecinos. Pero cubrir los daños por incendios, tuberías, daños atmosféricos… es muy recomendadable.
Seguro en comunidad de propietarios
Se trata de un gasto muy recomendable para evitar problemas y que ayuda a solucionar rápidamente problemáticas con otros vecinos. Como administradores de fincas somos conscientes que no tener un seguro genera muchos problemas entre los vecinos si ocurre un siniestro. Sin embargo, al contratar un seguro, se resuelven los daños de manera rápida y efectiva.
Cubren todo tipo de daños ya sea de daños a causa de terceros, incendios, explosiones, agua, vandalismo… Nos encargamos de recomendar a las comunidad de vecinos que se encuentren bien aseguradas.
¿Qué pasa si mi comunidad no está asegurada?
Existe una excepcionalidad, en la si la problemática es a causa del constructor. En el caso de que el edificio presente daños en el primer año de su construcción puede reclamarlos. Si han pasado tres años el abanico se reduce, solo se pueden reclamar los problemas relacionados con la habitabilidad de la comunidad. Podemos ampliar el rango hasta los 10 años si los desperfectos están ligados con elementos estructurales como las vigas o cimientos.
Las principales ventajas de tener una comunidad asegurada:
- Daños a terceros cubiertos. En lo referido a que si un incendio de tu casa afecta al vecino, el seguro cubrirá los daños.
- Daños de averías por agua solventadas







